Todos los españoles estaremos obligados a fichar entrada y salida en nuestras empresas. Esta iniciativa del Gobierno se hará de obligado cumplimiento en dos meses, medida que sobre todo afecta a las pymes puesto que las grandes empresas y la administración pública ya disponen de sistemas para ello.
¿De qué se trata?
Este tipo de control de presencia tiene como obligatoriedad el registro de horas ordinarias y extra, de cada trabajador y especificando hora de entrada – salida todos los días laborales. La empresa debe conservar los datos durante cuatro años y deberán ser conocidos por los trabajadores, sindicatos, inspecciones de trabajo y Seguridad Social.
Todas las empresas disponen de dos meses desde la publicación del Decreto en el BOE, es decir, antes de 12 de mayo, para llevar a cabo las iniciativas oportunas para cumplir con las indicaciones que ahí se especifican.
¿Cómo se implanta?
Desde Antiun podemos ayudarte, actualmente la tecnología de identificación más utilizada para el control de presencia o accesos es la biometría, principalmente la huella dactilar o por proximidad, mediante tarjeta de PVC o llavero.
Características del control de presencia
- Registro de jornada laboral (Entrada, descansos y salida de personal)
- Software de registro e Informes de registro diarios, mensuales por usuario…
Además, se trata de un sistema de control escalable, válido para todo tipo de empresas sin importar el número de trabajadores que tengan en plantilla. Además de implantar el sistema como medida de registro, se puede añadir la característica de control de accesos, por ejemplo, para dar acceso o denegarlo a distintas zonas del edificio, salvaguardando las zonas más sensibles como servidores, archivo de datos confidenciales, despachos de dirección, etc.
Si esta medida obligatoria te ha hecho plantearte más opciones de seguridad para tu empresa relacionadas con la presencia en tus instalaciones, te recomendamos echarle un vistazo al sistema de cámaras IP.
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